En su fallo la Corte vuelve al crierio sostenido en la causa «Palero», en lo que se refiere a la aplicación del principio penal de la ley penal mas benigna en materia tributaria, desvirtuando lo sostendio por la Resolución 5/2012 de la Procuración General de la Nación, mantenida luego por la Resolución 18/2018.
Tambien incluimos la Resolución 87/2021 del Procurador en donde se allana al criterio del máximo tribunal en esta causa, e instruye a los fiscales a desestimar los sostenido en las resoluciones mencionadas en el párrafo anterior.