Bienes Personales – BCRA – Precisiones de la cuenta donde se acreditarán los fondos de la repatriación de activos
A través de la Circular A 6893, el Banco Central de la República Argentina dispuso que los fondos producto de la repatriación de activos a fin de no ver incrementada la alícuota del Impuesto sobre los Bienes Personales respecto a los Bienes en el Exterior, deberá acreditarse en una cuenta especial que las entidades financieras habiliten a ese único fin, denominadas: “Caja de ahorros repatriación de fondos – bienes personales ley 27.541”.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A6893.pdf
Nota de la FACPCE a la AFIP respecto a la Ley 27.541, Moratoria, Ganancias, Bienes Personales, e Impuestos sobre los Débitos y Créditos Bancarios
En esta nota la FACPCE describe y consulta aspectos controvertidos referidos a temas relacionados con el régimen de facilidades de pagos y con los impuestos mencionados, a fin de expresar a la autoridad fiscal sugerencias y dudas de toda la matricula representada.
https://www.croca-consultores.com/wp-content/uploads/2020/02/Nota-FACPCE-AFIP-07-02-20.pdf
Ley 27.542 – Consenso fiscal 2019
El Congreso nacional mediante la ley 27.542 aprobó el Consenso Fiscal que había sido suscripto por la nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 17/12/2019 .
Cabe mencionar que por tal Convenio se suspendió hasta el 31/12/2020 el esquema de reducción de alícuotas en los impuestos sobre los Ingresos Brutos y Sellos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/225364/20200212
ARBA – Posterga vencimientos del impuesto Inmobiliario
ARBA difiere hasta el 5 de marzo próximo el vencimiento de la primera cuota y el pago anual del impuesto inmobiliario urbano, tanto en la planta edificada como baldía
Recordar que:
- A partir del 01/03/2020 quedará habilitado el sistema para rectificar las presentaciones de Diciembre 2019 y Enero 2020 del SICOSS, teniendo en cuenta las modificaciones respecto al Mínimo no Imponible de $ 10.000 para el caso de empresas de hasta 25 empleados, y aplicando las nuevas alícuotas de contribuciones patronales.
- Tener en cuenta que las empresas de comercio y servicios que tengan el certificado PyME vigente, gozarán también de las alícuotas reducidas (18%) para el calculo de las contribuciones patronales.
- El próximo lunes 17/02/2020 AFIP debería habilitar el sistema para el ingreso al Régimen de Facilidades de Pago Ley 27.541 – RG AFIP 4667/2000
- Adhesión durante Febrero/Marzo 2020 – 1º cuota en Julio 2020, menor anticipo y hasta 120 cuotas (excepto deudas por aportes y retenciones a la seguridad social, y retenciones/percepciones impositivas con 60 cuotas)
- Adhesión durante Abril 2020 – 1º cuota en Mayo, mayor anticipo y hasta 90 cuotas (excepto deudas por aportes y retenciones a la seguridad social, y retenciones/percepciones impositivas con 40 cuotas)
- A partir del lunes 17/02/2020 estada disponible el ingreso para el Régimen de Facilidades de Pago Ley 27.541 – RG AFIP 4667/2020.
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